Según una sentencia del Tribunal Supremo se acepta
la modificación de la LOPD permitiendo el uso de datos personales sin
consentimiento
La sentencia del Tribunal Supremo acepta la modificación de la LOPD
tras aceptar un recurso presentado por la Asociación Española de
Economía Digital, contra varios artículos de la ley. En concreto, se acepta la modificación de la LOPD
en uno de sus artículos, el 10.2.b) que establecía la obligatoriedad de
contar con el consentimiento previo del usuario para poder emplear sus
datos personales si son extraídos de fuentes públicas. Se acepta la modificación de la LOPD exigida tan solo en determinados casos definidos por la sentencia. Además, se acepta la modificación de la LOPD para cambiar el anterior artículo por la aplicación de la Directiva Europea de Protección de Datos.
Se acepta la modificación de la LOPD para permitir
el uso de información de los usuarios sin consentimiento siempre que
exista una finalidad legítima y que esos datos estén disponibles en
fuentes accesibles al público. Antes de aceptar la modificación de la
LOPD el Tribunal Supremo remitió un comunicado al Tribunal de Justicia
de las Comunidades Europeas para recibir asesoramiento.
Ahora que se acepta la modificación de la LOPD, es
importante estar al día de la ley para evitar algún incumplimiento de la
LOPD y la sanción correspondiente. Por tanto, ahora que se acepta la modificación de la LOPD recordamos la importancia de formarse con algún curso de auditoría de la LOPD para aprender lo necesario sobre la implantación de la LOPD en la empresa.
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